miércoles, 14 de mayo de 2025

Derecho a la sátira y a la blasfemia como parte del humor

Uno de los atributos más poderosos de la imaginación humana es el de hacer comedia y burla. Alcanza una sublime perfección cuando uno es capaz de reírse de sí mismo. Sin embargo, lo más fácil es mofarse de los demás, y lo verdaderamente cruel ocurre cuando el blanco de las burlas no puede defenderse o, si lo intenta, es vapuleado sin piedad. 

Aspecto físico, inteligencia, procedencia, creencias, opiniones, vestimenta, riqueza, pobreza, profesión, orientación sexual… La lista es larga y sería interesante analizar el aspecto antropológico y biológico de esta habilidad.

La sátira, como medio creativo para expresar pensamientos y sentimientos críticos o burlescos, se ampara en la libertad de expresión. Pero, como todo lo relacionado con derechos y libertades, existen confusiones respecto a sus límites, que no siempre son fáciles de definir: entendemos muy bien nuestros propios derechos, no tanto los ajenos.

Desde hace un tiempo sigo una página de tiras cómicas de humor negro, repetitiva en su forma y no muy excesiva en su contenido. No la voy a censurar aquí ni le voy a dar publicidad; la tomo simplemente como ejemplo para esta disertación.

Este autor se burla de todos, no deja títere con cabeza… No, corrijo: se burla de casi todos. El clero cristiano (diría que su blanco predilecto), los negros africanos, las personas con discapacidad intelectual o física, los obesos, los veganos, las adolescentes embarazadas, los judíos…

Sin embargo, no hay ni un solo chiste dedicado a los musulmanes ni al islam. Y ahí es donde radica el motivo que me impulsa a escribir esta larga disertación.

Es evidente que las sociedades de derecho surgieron principalmente en países occidentales cristianos tras haber vivido largos periodos de control clerical. Cuando se colocó al ser humano en el centro del pensamiento político como individuo libre, se alcanzaron hitos como las primeras constituciones y declaraciones de derechos civiles. Nuestra Carta Magna de 1978, en el capítulo II del Título I, dedicado a los derechos fundamentales, recoge en su artículo 20.1.a) la libertad de expresión, la cual no puede ser sometida a censura previa. No difiere mucho de lo establecido en el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. El apartado 4º del mismo artículo 20 CE establece límites relacionados con el respeto a otros derechos, en especial al honor, la intimidad, la propia imagen y la protección de la juventud y la infancia.

El artículo 510 de nuestro Código Penal castiga a quienes promuevan actos de discriminación, odio o violencia contra grupos o asociaciones por motivos racistas, antisemitas o relacionados con ideología, religión, creencias, situación familiar, etnia, raza, etc. Le siguen otros muchos preceptos, destacando el artículo 525 CP, que sanciona las ofensas a los sentimientos religiosos, y que entronca directamente con el espíritu de esta columna.

Nuestro sistema penal es la última ratio: se aplica como último recurso. Así, el uso del sarcasmo o las burlas se considera, en la mayoría de los casos, un chiste de mal gusto, incluso si puede humillar a un grupo determinado. Para que exista relevancia penal, debe promover (sin importar el medio) una actitud que incite al odio, hostilidad, discriminación o violencia por parte de terceros.

Nuestros jueces tienen en cuenta, entre otros, el fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos del 25 de enero de 2007 (caso Vereinigung Bildender Künstler v. Austria), que dictaminó que la sátira es una forma de expresión artística y comentario social, cuyo componente de exageración y distorsión busca naturalmente provocar y agitar. El escarnio es el punto sobre lo que pivota la acción penal, sin conceder peso determinante a la interpretación subjetiva de los espectadores o a la ofensa que crean haber recibido.

La Audiencia Provincial de Madrid, en su Auto de 29 de julio de 2011, llegó a afirmar:

“Si para integrar el tipo delictivo solo se exigiera, no ya el efecto subjetivo en determinados destinatarios [...] sino, incluso, la mera idoneidad objetiva de la conducta para herir los sentimientos religiosos de la generalidad de los miembros de determinada confesión, prescindiendo de que esa acción constituya, precisamente, un escarnio y se realice justamente para ofender, el catálogo de posibles conductas típicas sería tan amplio como lo es el de las confesiones religiosas y sus distintas corrientes, de modo que dejaríamos en manos de cada creyente la existencia o no del delito, atentando, sin lugar a dudas, contra los principios de legalidad y seguridad jurídica; de tal suerte que, por ejemplo, podría ser delito el sacrificio público de ciertos animales, el consumo de algunos de ellos, o el sacerdocio femenino para aquellos que, conforme a su religión o creencia, lo tienen prohibido.”

No exagero al decir que el cristianismo, especialmente en su vertiente católica, ha sido la religión más objeto de mofa desde que se consolidó la libertad de expresión. Sin ella (y sin Franco), El Jueves sería solo un montón de páginas en blanco.

El islam, sin embargo, se mantiene a un lado, bien resguardado. Y esto me escama como cristiano que en ocasiones se ha sentido algo tocado, pero que lo ha dejado correr.

Nuestra visión occidental, con derechos reconocidos, permite a humoristas y artistas ejercer la libertad de expresión hasta tensionar sus límites. En el caso del cristianismo, contamos con ejemplos muy conocidos como La vida de Brian (1979), de los Monty Python, pero estas sátiras no han pasado de denuncias, protestas, amenazas o disturbios, pero nunca han derivado en atentados terroristas mortales.

Con el islam, la reacción contra la sátira ha venido acompañada del apoyo y acción de grupos  terroristas y estados radicales, culminando en atentados y asesinatos. Quienes peinamos canas recordamos bien el caso de Salman Rushdie y su novela Los versos satánicos (1988). Más reciente es la masacre del 7 de enero de 2015, perpetrada por elementos vinculados a Al Qaeda tras la publicación de caricaturas de Mahoma en el semanario satírico Charlie Hebdo. Ocho miembros del equipo y tres policías (uno de ellos musulmán) fueron asesinados. Un día después, otras cuatro personas fueron ejecutadas en un supermercado kosher.

Gracias a la reacción más mesurada del cristianismo europeo, los cómicos occidentales no sabían que, al satirizar el islam, pisaban una trampa de clavos. Y la revelación fue brutal, aunque ya había señales entre 2005 y 2010 tras las caricaturas de Mahoma en el diario danés Jyllands-Posten, que provocaron ataques a embajadas danesas y atentados contra el autor.

Las caricaturas de Charlie Hebdo y otras publicaciones, que ridiculizan la religión islámica y sus figuras, no serían consideradas en nuestro marco legal como motivo suficiente para una acción penal, al igual que no lo son las dirigidas al cristianismo.

Recuerdo que, en 2015, durante una manifestación en París, tras los asesinatos, un participante sostenía una pancarta diferente a las de “Je suis Charlie”. Decía algo como “Tengo derecho a blasfemar”. Una idea inaceptable en países musulmanes radicales (y no tan radicales), donde la población salió a las calles para mostrar su indignación ante esta excesiva libertad de expresión occidental.

La violencia y los asesinatos han hecho que los humoristas se autocensuren al tratar sobre el islam. Charlie Hebdo y otras publicaciones han seguido satirizándolo, aunque evitando la representación directa de Mahoma (considerada una gran blasfemia) y usando imágenes ambiguas para no despertar suspicacias. Esta tibieza roza ya lo gélido.

Y es comprensible: cuando la vida de uno y la de sus seres queridos está en peligro, lo razonable es echarse atrás. Pero, ¿deberíamos permitir que exista un límite no legal a la libertad de expresión? Es una buena pregunta cuando habitamos un mundo donde la autocensura ha sustituido a la censura estatal y organizada.

Escribo esto justo cuando se ha hecho pública la noticia de que el Tribunal Constitucional ha anulado la condena a Anónimo García, cabeza de Homo Velamine, al considerar que su creación de la web ficticia “El Tour de La Manada” no buscaba humillar a la víctima de la agresión sexual, sino satirizar el circo mediático sensacionalista que se generó en torno al caso. A ver si encuentro la sentencia en el CENDOJ, pues será interesante analizarla.


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